Tías modifica la ordenanza fiscal del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos urbanos
  • Esta modificación, aprobada por unanimidad, permite además aumentar la bonificación de la plusvalía por transmisiones mortis-causa del 70 al 95%

 

Tías, 1 de julio de 2022

 

El Ayuntamiento de Tías aprobó por unanimidad en sesión plenaria ordinaria la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Esta modificación permite aumentar la bonificación en la plusvalía por transmisiones mortis-causa del 70 al 95%.

 

El concejal de Economía y Hacienda, Tomás Silvera, señala que, con esta aprobación, “damos mandato a la sentencia del Tribunal Constitucional del 26 de octubre del año pasado sobre la regulación de la base imponible de este impuesto”.

 

Silvera explica que se incrementa el porcentaje de bonificación de la cuota del impuesto en transmisiones realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, cónyuges y ascendientes y adoptantes al 95 % y se regulan los aspectos sustantivos de su aplicación limitándola a supuestos de vivienda habitual del causante.

 

En la modificación se introduce una regla de salvaguarda con la finalidad de evitar que la tributación por este impuesto pudiera en algún caso resultar contraria al principio de capacidad económica, permitiendo, a instancia del sujeto pasivo, acomodar la carga tributaria al incremento de valor efectivamente obtenido.

 

Se modifica el sistema objetivo de determinación de la base imponible, por cuanto se cambia el articulado para introducir supuestos de no sujeción por inexistencia de incremento de valor reconocidos legalmente; y con el objeto de facilitar la gestión del impuesto, se recoge que el interesado pueda optar por presentar autoliquidación, como forma de gestión preferente del tributo, o declaración.

 

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