- Se acordó la bonificación del 90% en el ICIO a favor de las construcciones necesarias para la instalación de estos puntos de recarga
Tías, 21 de diciembre de 2022
El pleno del Ayuntamiento de Tías aprobó ayer por unanimidad la modificación puntual de las ordenanzas fiscales reguladoras de tres impuestos para incentivar la instalación y la construcción de puntos de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. Las modificaciones afectan al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), al Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
El alcalde, José Juan Cruz, y el concejal de Economía y Hacienda, Tomás Silvera, defendieron estas modificaciones explicando que “desde el grupo de Gobierno se han ido tomando iniciativas de calado como la adhesión y firma del Pacto de los Alcaldes para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), entre otras medidas”, señaló el primer edil.
El responsable de Hacienda añadió que “las bonificaciones aprobadas se suman a las ya existentes para los propietarios de vehículos eléctricos y a las destacadas bonificaciones que hemos implantado en el ámbito medioambiental”.
Silvera recordó que la descarbonización de la economía, “además de una necesidad imperiosa para limitar el cambio climático y sus efectos sobre el planeta, representa una oportunidad desde el punto de vista económico, tal y como ha identificado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Las bonificaciones aprobadas por unanimidad en sesión plenaria ordinaria celebrada ayer tarde afectan al Impuesto de Construcciones, para el que se ha acordado una bonificación del 90% a favor de las construcciones, instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.
Los afectados por el Impuesto de Bienes Inmuebles disfrutarán de una bonificación del 5% de la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles en los que se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos.
El mismo 5% de bonificación se aplicará a la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen el Impuesto de Actividades Económicas por cuota municipal y que hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos en los locales afectos a la actividad económica.
La aplicación de todas estas bonificaciones estará condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Existen unas exigencias legales de dotaciones mínimas de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos adscritos a edificios de uso distintos al residencial o estacionamientos existentes no adscritos a edificios.
Antes del 1 de enero de 2023, todos los edificios de uso distinto al residencial privado que cuenten con una zona de uso aparcamiento con más de veinte plazas, ya sea en el interior o en un espacio exterior adscrito, deberán disponer de dotaciones mínimas de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos que, con carácter general, será una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 1.000 plazas.
Además de estas medidas, Tomás Silvera hizo hincapié en otras medidas importantes ya tomadas en la legislatura como la bonificación en el Impuesto de Actividades económicas para empresas que cuenten con planes de transporte colectivos para los trabajadores, o la bonificación del 90 % del IBI a los edificios categoría A en el certificado de eficiencia energética.
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